viernes, 25 de noviembre de 2022

ADMINISTRATIVO – (4) - PRINCIPIOS DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

ADMINISTRATIVO – (4) - PRINCIPIOS DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

1. Organización administrativa y Derecho

La Administración Pública es una gran organización. El nivel básico o primario de la Administración Pública lo constituyen los Municipios. Sobre ellos están las Provincias, que originan una nueva división administrativa del espacio nacional. Por encima se encuentran las Comunidades Autónomas, que extienden su competencia al territorio de varias provincias.

viernes, 11 de noviembre de 2022

LA SIMULACIÓN DE LOS CONTRATOS

LA SIMULACIÓN DE LOS CONTRATOS

1.1. Concepto:

La simulación de los contratos es una figura con un gran peso en Derecho.

Según el Diccionario del español jurídico, podemos definir la simulación como la “divergencia deliberada entre la voluntad real de la persona y la voluntad manifestada, para producir, con fines de engaño, la apariencia de un negocio jurídico que no existe o que es distinto de aquel que verdaderamente se ha llevado a cabo”, por lo que, según el mismo, la simulación del contrato es la “representación de un contrato fingido con el fin de defraudar a otra persona”.

sábado, 5 de noviembre de 2022

Principios Generales del Derecho

Principios Generales del Derecho

   Los Principios Generales del Derecho son axiomas o postulados éticos que inspiran los sistemas jurídicos sobre la base de la idea de justicia.

Principios del Derecho Internacional

Principios del Derecho Internacional

     En sentido amplio, el Derecho Internacional como sistema jurídico tiene también unos principios propios. Entre éstos, aparte de los principios de Derecho Internacional referidos a los derechos humanos, pero centrándonos en los principios de Derecho Internacional como fuente de aplicabilidad, hemos de tener presente, en el caso de las controversias entre Estados, los principios proclamados mediante la Resolución n.º 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

ADMINISTRATIVO – (3) - EL REGLAMENTO Y OTRAS FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO – (3) - EL REGLAMENTO Y OTRAS FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

1.        Concepto y posición ordinamental del reglamento

Por reglamento se entiende en Derecho Administrativo toda norma escrita con rango inferior a la ley aprobada por una Administración Pública.

Los reglamentos son normas de segunda clase, de rango inferior a la ley. Esto significa que, aunque el reglamento sea posterior a la ley, no puede derogarla; por el contrario, toda norma con rango de ley tiene fuerza derogatoria sobre el reglamento. Esto implica que no hay materias reservadas a la potestad reglamentaria frente a la ley. Esta posición ordinamental de la ley y reglamento se expresa en el principio de reserva de ley:

La denominada doctrina de los “actos propios”

La denominada doctrina de los “actos propios” funciona como un límite al ejercicio de un derecho o una facultad mediante la prohibición de actuar contra los propios actos (nemo potest contra propium actum venire), al resultar la conducta anterior de una de las partes contradictoria o incompatible con sus pretensiones en un procedimiento.